Aniversario de la Dedicación de la Concatedral

Dic 9, 2020 | Vida Parroquial | 0 Comentarios

 

El 10 de diciembre es el aniversario de la dedicación de nuestra iglesia de  Santa María de Guadalajara como Concatedral, cuyo rango es solemnidad litúrgica en nuestro templo. Invitamos, por tanto, a la comunidad parroquial a participar en las eucaristías con especial solemnidad ese día. En la Eucaristía de la tarde, en este tiempo de Adviento, tiempo de preparación a la Navidad, tendremos la celebración de una Unción de Enfermos comunitaria para todo el que esté preparado y quiera recibirla.

A mediados del siglo XX,  en concreto el concordato de 1953, dispuso una revisión de las diócesis a fin de evitar, en lo posible, que comprendieran territorios pertenecientes a diversas provincias civiles.

Tras dicho concordato se reformaron, en 1955, los límites de la antigua diócesis de Sigüenza.  Por la Bula del papa Juan XXIII, Cum laetissimo animo, del año 1959, se modificó el nombre de la diócesis, otorgando al Obispo el derecho de residir en Guadalajara siempre que lo considere oportuno. Con unas Letras Apostólicas del mismo Papa, la iglesia de santa María de la Fuente Mayor de Guadalajara, se vio elevada al grado de Concatedral con todos los derechos.

En su rango de Concatedral fue inaugurada el día 15 de agosto, solemnidad de la Asunción de Nuestra Señora, de 1959. Desde entonces se decretó que se celebrara la fiesta de su dedicación el 10 de diciembre.

Así reza la Bula papal:

«Segnntinae Ecclesiae nomini appellationem adiungimus Guadatajarensis, ita ut sive dioecesis sive eius Episcopus in posterum utraque cumufete denominatione appellentur. Servata, praeterea, dioecesis Seguntinae cathedrae episcopalis dignitate, templnm B. Mariae Virg. in urbe Guadalajara exstans ad gradum concathedralis evehimus, cum iuribus et hono ribus, oneribns et obligatíonibus hniusmodi sacrarum aedinm propriis. Simnl Episcopo Seguntino ius facimus in eadem urbe, quotiens libuerit,  commorandi ; item Canonicis et Beneficiariis CoHegii Seguntini, qui in Guadalajarensi urbe muneris causa versantur, concedimus ut propria Ca nonicorum officia in concathedrali tempio facere ac tueri possint»

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